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COMISIÓN APRUEBA PROYECTO QUE REGULA VELOCIDAD DE SERVICIOS DE INTERNET


Danser

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El obejtivo es que las empresas garanticen los umbrales de navegación que ofrecen en sus planes de internet.

 

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La Comisión de Ciencias y Tecnologías de la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley General de Telecomunicaciones, para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet (Boletín 8584).

En la sesión, donde concurrió el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pedro Huichalaf y el presidente ejecutivo de Atelmo, Guillermo Pickering, se concluyó la votación de las modificaciones propuestas al texto que ya había sido aprobado por la Comisión de Obras Públicas.

El texto, que se encuentra en su segundo trámite constitucional -fue aprobado por el Senado en junio de 2015- jutno con precisar normas sobre los proveedores de acceso a internet, establece que estos 

deberán garantizar los umbrales definidos por la norma técnica de velocidades de acceso ofrecidas en sus distintos planes comerciales, tanto en las conexiones nacionales como internacionales, alámbricas e inalámbricas.

Asimismo, poner a disposición de los usuarios un sistema o aplicación que permita la medición de dichas velocidades y parámetros técnicos asociados. 

Estas mediciones de calidad del servicio las ejecutará un organismo técnico independiente, que será designado por licitación pública de los proveedores del servicio de acceso a Internet, previa aprobación de las bases de dicha licitación por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

El diputado Ramón Farías (PPD), integrante de la Comisión de Ciencias, señaló que esta medida “va en directo beneficio de todas las chilenas y chilenos que contratan servicios de Internet banda ancha, independiente del proveedor que tengan. Hasta este momento no existía ninguna reglamentación que protegiera a los usuarios o clientes de malas prácticas en esta materia”.

“Si usted contrata un plan de 20 megas se debe respetar ese acuerdo, y no recibir un servicio que navega sólo al 50% de lo indicado en esa oferta. De no cumplirse esto, podrá dirigirse a la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel) para exigir la reparación o restauración del servicio, además de una compensación por el tiempo en que estuvo navegando a menor velocidad de la ofrecida”, explicó el legislador.

Asismismo, indicó que disponer de un sistema o aplicación de medición del umbral de navegación, permitirá que en cada hogar se pueda realizar esta medición y verificar los parámetros técnicos asociados.

 

 

 

 

 

 

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pero controlan lo nacional o internacional

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pero controlan lo nacional o internacional

No especifica, al menos en la noticial original no. Pero señalan como velocidad minima garantizada.   Posiblemente se aplique un porcentaje a la velocidad contratada  o sea sobre el total de la velocidad.  Ojala sea lo segundo, ya que los isp deberian dar mas velocidad de lo contratado para garantizar lo contratado.

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me voy a alegrar cuando sea la internaciona

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me voy a alegrar cuando sea la internaciona

Es lo contratado, osea lo que especifique tu contrato. Solo algunos ISP especifican la nacional e internacional.

 

Tambien deberian añadir a la ley, un % de paquetes perdidos :). Ya que no se saca nada con tener 100mbps y perder 20% de los paquetes :P

 

http://internacional.grupogtd.com <--- esta seria la unica no trucha para medir la internacional :)

Editado por Danser
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se ve bueno en el papel, ojala lo cumplan en la practica :D

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